quiénes somos
Abogados especializados en tramitación de posesiones efectivas, testamentos, juicios de partición y otras materias relacionadas con el derecho sucesorio. Somos el primer estudio jurídico abocado a solucionar conflictos relacionados con herencia y familia.
Somos un conjunto de profesionales que ha querido especializarse en materias del derecho sucesorio con el fin de entregar a nuestros clientes el mejor servicio y trabajo especializado en esta área. Sabemos que son momentos difíciles, Chile Herencia nace únicamente para dar soporte a todas las personas que bien sabemos no pasan por un buen momento.
posesiones efectivas
La solicitud de posesión efectiva puede ser presentada por cualquier heredero de la persona fallecida, el que deberá identificarse con su cédula de identidad vigente y en buen estado. No se requiere presentar documentos junto con el formulario de solicitud, sin embargo hay casos excepcionales:
Cuando existan herederos cuyo nacimiento o matrimonio no se encuentre inscrito en Chile, se debe acompañar la documentación que acredite tal calidad, legalizada y traducida, si es el caso. Si quien presenta la solicitud se hace representar por un tercero, debe adjuntar el poder notarial. Si un heredero cede sus derechos a otro heredero o a un tercero, se debe adjuntar el respectivo contrato de cesión.
Cuando existen deudas, éstas deben acreditarse. Al morir una persona dejando bienes (casa, vehículos, ahorros, obras de arte, etc.), sus herederos deben obtener la posesión efectiva de la herencia para poder disponer legalmente de éstos. Es conveniente que este trámite se haga cuanto antes, ya que con el paso del tiempo los bienes pueden extraviarse, perder valor o ser usados por quien no corresponde.
Si la persona fallecida (causante) dejó un testamento en el que dispone cómo serán repartidos esos bienes, la posesión efectiva de la herencia se hace ante un tribunal con la asistencia de un abogado. También se tramita ante los tribunales de justicia si la persona fallecida tenía su último domicilio en el extranjero.
Si la persona (causante) no dejó testamento, su herencia se denomina “intestada”, y al tener su último domicilio en Chile la tramitación de la posesión efectiva se hace ante el Registro Civil y no es necesaria la intervención de un abogado.
La posesión efectiva de la herencia es una resolución de los tribunales o del Registro Civil que declara herederos (de bienes, derechos y obligaciones) a quienes acreditan el vínculo de parentesco o de matrimonio con la persona fallecida.
En caso que la posesión efectiva sea concedida, el extracto de la resolución exenta se publica sin costo para el solicitante, en un diario regional el día 1 o 15 del mes respectivo.